A día 18 de octubre de 2021, la Dirección General de Formación y Colocación, con el fin de aclarar el uso del aula virtual en las acciones formativas, así como los criterios a tener en cuenta para su autorización dicta la presente instrucción, de la que se destaca los siguiente:
- En las especialidades formativas que solamente admitan la presencial como modalidad de impartición, se permitirá el uso del aula virtual para aquellos contenidos en los que resulte acreditado que no requieren el uso de espacios, instalaciones y/o equipamientos para la adquisición de habilidades o destrezas prácticas.
- Se establece un límite máximo de horas de formación mediante aula virtual que no podrá superar el 50% del total de horas del programa formativo.