La situación de emergencia de salud pública ocasionada por el Covid-19 hizo que se aprobaran una serie de medidas normativas dirigidas a proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, entre las que se encuentra el uso del aula virtual como alternativa de continuidad para la impartición en modalidad presencial de las acciones formativas afectadas.
A día 18 de octubre de 2021, la Dirección General de Formación y Colocación, con el fin de aclarar el uso del aula virtual en las acciones formativas, así como los criterios a tener en cuenta para su autorización dicta la presente instrucción, de la que se destaca los siguiente:
- En las especialidades formativas que solamente admitan la presencial como modalidad de impartición, se permitirá el uso del aula virtual para aquellos contenidos en los que resulte acreditado que no requieren el uso de espacios, instalaciones y/o equipamientos para la adquisición de habilidades o destrezas prácticas.
- Se establece un límite máximo de horas de formación mediante aula virtual que no podrá superar el 50% del total de horas del programa formativo.